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Ayudas al alquiler. Beneficiarios y requisitos.

El pasado mes de julio el Consejo de Ministros aprobó, con más de un año de retraso, el Plan Estatal de Vivienda 2013-2016. Este nuevo Plan recoge las ayudas al alquiler. Pero, ¿en qué consisten?

Las nuevas ayudas aprobadas vienen a sustituir las aprobadas por el gobierno de Zapatero y tienen como objeto “facilitar el acceso a los sectores de la población con menos recursos”, en palabras de la ministra Ana Pastor. Dentro de este paquete, entre otros, se egloba el programa de ayudas destinadas a inquilinos para el alquiler de la vivienda.

El objeto de este es facilitar el acceso y la permanencia en una vivienda en régimen de alquiler a aquellos sectores de población que tengan dificultades económicas.

¿Quién se beneficia de estas ayudas?

Pueden optar a la ayuda todos aquellos que:

– Sean personas físicas mayores de edad, titulares de un contrato de arrendamiento (o en condiciones de serlo).

– Tengan un límite de ingresos inferior a 3 veces el IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples). Es decir, aquellos con unos ingresos brutos menores a los 22.365,42€. Esta cifra es modulable según el número de miembros y la composición de la unidad de convivencia (número de personas que habitan en la vivienda de manera habitual y permanente, independientemente de su relación, aparezcan o no en el contrato de alquiler).

Siempre y cuando:

– El alquiler mensual sea igual o inferior a 600 €, si bien las Comunidades Autónomas pueden fijar un límite inferior a estos.

– La vivienda en alquiler sea la residencia habitual y permanente del arrendatario.

¿En qué consisten las ayudas?

Si se cumplen todos los requisitos para ser beneficiario de las ayudas, estas consisten en:

– El pago de hasta el 40% de la renta del alquiler hasta 2.400 € anuales por vivienda.

– Las ayudas tienen un plazo máximo de 12 meses prorrogable hasta el final del Plan.

– Tendrán preferencia las personas afectadas en los procedimientos de desahucios.

Fuente: fotocasa.es

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